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ONVO Costa Rica Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-815764 está debidamente inscrita ante la Superintendencia General de Entidades Financieras para realizar actividades del artículo 15 de la Ley N° 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”, en particular la administración de recursos financieros de terceros y las transferencias sistemáticas de fondos. Además se encuentra sujeta a disposiciones vinculantes de la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas. De conformidad con lo anterior, se advierte que esta no es una autorización para operar, y la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza la empresa, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo. Asimismo, ONVO Costa Rica Sociedad Anónima no cuenta con el respaldo del Fondo de Garantías que ha sido creado para asegurar los fondos de las entidades financieras.